La Normatividad Aduanera Mexicana: Normas Aplicables.

 Normatividad Aplicable 

Son de carácter eminentemente jurídico, pero algunas connotaciones económicas, convencionalmente se han separado; elaborándose normas sustantivas y normas arancelarias, esta ultima de contenido económico. la jerarquía en nuestro sistema es de igualdad, principio que mantiene la ley aduanera al preceptuar. 

Sus normas directas son: Ley Aduanera y Tarifas de Importación y Exportación, teniendo el carácter de leyes supletorias cualquier ley u ordenamiento que tenia aplicación a la materia aduanera como: Código Fiscal de la Federación, la Ley de Ingresos de la Federación, la  Ley del Impuesto al Valor Agregado, la Ley del Impuesto Especial sobre Producción y Servicio, Ley de Comercio Exterior, Ley de Comercio Exterior, Ley Federal de Derechos, Ley de Impuesto sobre Automóviles Nuevos, Ley del Impuesto sobre la Renta, Ley General de Organizaciones y Actividades Auxiliares de Crédito, Ley Federal sobre Metrología y Normalización, Ley de Firma Electrónica Avanzada, Ley General de Salud, Ley Orgánica de la Administración Publica, Ley de Navegación, Código Federal de Procedimientos Civiles, Ley de Sanidad Animal, Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente.





Mercancías

Se deriva de "Mercado" del latín "mercatus" significa comercio, trafico, mercado. 

Para los economistas, mercancía es todo aquello que representa un valor económico. Los productos, artículos ,efectos y cualquier otros bienes, aun cuando las leyes los consideran inalienables o irreductibles a propiedad particular. 

Las mercancías se dividen en: 

Por su origen: Las que se producen en el país.

 Nacionalizadas: Siendo extranjeras logran los requisitos y pagan sus contribuciones de importación entrando en circulación en el país.

 Comunitarias: Según sus reglas de origen proceden de una zona de integración aduanera o económica.





Tráficos

La ley regula como trafico autorizado para la introducción o extracción de mercancías del territorio nacional al : Marítimo, Terrestre, Ferroviario, Aéreo, Fluvial, así como medios de conducción. Maniobras de carga, descarga, trasbordo, almacenamiento, conducción y revisión de mercancías o equipajes solo podrán efectuarse en lugares. Las mercancías que se introduzcan al territorio nacional deberán entrar al amparo de su factura comercial, esta debe reunir los requisitos y datos; estar redactada en idioma español, firmada por el remitente, destinatario o agente aduanal, descripción comercial detallada de la mercancía y especificación acerca de su clase y cantidad de unidades, valores unitarios y global en el lugar de venta, nombre y domicilio del deudor.

Otros medios de Conducción: En el reglamento se señala que las mercancías podrán introducirse o extraerse del país por otros medios de conducción, como lo son por tuberías, duetos o cables. La Secretaria de Hacienda autorizara estos medios para su conducción previa solicitud que hagan quienes pretendan utilizarlo.






Abandono

Acto por el cual las mercancías que se encuentran en deposito aduanero pasan a propiedad del fisco, denominado abandono.

El abandono no es una forma coactiva que el Estado imponga para adquirir la propiedad de las mercancías, sino que es el interesado quien en forma de renuncia o por abandono y desinterés pierde su derecho de propiedad y esta se transmite al fisco. El abandono tácito tiene efecto jurídico de extinguir el derecho de propiedad que sobre las mercancías tiene el sujeto pasivo, al cumplir los plazos que la ley establece para retirar las mercancías del dominio fiscal.





Deposito Previo de Mercancías

Conjunto de actos y formalidades relativos a la entrada de mercancías al territorio nacional y salida del estos mismos, de acuerdo a diferentes tráficos y regímenes aduaneros establecidos en el presente ordenamiento se deben realizar ante la aduana.






Legitimación, Aforo o reconocimiento y el Sistema Aleatorio.

Es un sistema normativo por el cual el acto teniendo las mercancías a la vista las examinan para precisar sus características, procediendo a clasificarlas, determinando el pago de los impuestos y otros requisitos que se deben cumplir y considerarlas legalmente importados o exportados.

Sistema Aleatorio: llamado Semáforo Fiscal, que trajo como consecuencia la agilización del Comercio Exterior. 

El reglamento de la ley reconoce legitimación para actuar en el despacho; al destinatario en importación y al remitente en exportación, en los tráficos marítimos y aéreos, los destinatarios deberán contar con la conformidad del consignatario del medio de transporte para retirar del dominio fiscal las mercancías, existe un manual de operación aduanera:

1.-Agentes Aduanales.

2.-Apoderados aduanales

3.-Importaciones y Exportaciones.

4.-Representante legal acredito ante el SAT.

5.-Mandatario Aduanal.

6.-Empleado o dependiente autorizado del agente aduanal.

7.-Apoderado de almacén.

8.-Tercero autorizado.

Aforo y Reconocimiento

Articulo 70 del Reglamento de la Ley Aduanera.

Verificar que la mercancía que esta entrando sea conforme al pedimento.

Es el acto por el cual teniéndose las mercancías a la vista examinan para precisar sus características, procediendo a clasificarlas de determinados pagos de los impuestos y demás requisitos que deben cumplirse y considerarse legalmente importadas o exportadas

Articulo 70 del Reglamento de la Ley Aduanera.



Impuestos Aduaneros, Cuentas Aduaneras, Exenciones y Franquicias.

Polo Bernal: Lo define como una prestación pecuniaria que deben pagar las personas físicas y morales que hacen `pasar mercancías a través de las fronteras, costas o limites de un país determinado, sean nacionales ,nacionalizadas o extranjeras, destinadas a ser consumidas respectivamente, dentro del territorio nacional (impuestos de importación) o fuera del territorio (impuestos de exportación).

Los impuestos aduaneros pueden ser Fiscales y Protectores.

Cuentas Aduaneras

La institución de cuantas aduaneras de pago aparece en nuestro sistema jurídico aduanero en 1991, con la aparición del articulo 58-A de la Ley Aduanera. Sirve como un sistema de pago de contribuciones (excepto los derechos), cuota compensatoria por importación de mercancías las cuales al ser exportadas al extranjero en un plazo de 18 meses, da derecho al importador a recuperar el monto de lo pagado mas los rendimientos que se hubieran generadora la importación y valor agregado.

Exenciones y Franquicias

La excencion es la eliminación del nacimiento de una obligación tributaria, supone la existencia de una norma impositiva que define un hecho imposible, se da nacimiento a una obligación tributaria.

La excencion: es una determinada obligación contributiva, perfecta en todos sus elementos, no nace frente a un determinado sujeto por declaracion expresa de la ley.

Franquicia: es el paso libre que se da a una persona para no pagar las contribuciones, ni cumplir con las regulaciones de carácter económico establecidas para las mercancías.




Agentes aduanales apoderados y dictaminadores.

Persona física que a través de una patente, otorgada por la autoridad hacendaria, interviene ante una aduana para despachar mercancías en cualesquiera de los regímenes aduaneros en virtud de los servicios profesionales que presta. 

Olivo Amorós: "se designa a la persona que interviene ante una aduana en los tramites destinados a obtener el despacho de mercancías sujetas a inspección aduanal.

Requisitos para ser un agente aduanal:

Ser mexicano por nacimiento.

No haber sido condenado por sentencia ejecutoriada por delito doloso.

No ser servidor publico.

No tener parentesco por consanguinidad en linea directa sin limitacion de grados y colateral hasta el cuarto grado.

Tener titulo profesional.

Tener experiencia en materia aduanera.





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